Desde inicios del siglo XXI, en Colombia se promulgaron muchas reformas legislativas que aumentaron, en materia de tiempo, las medidas punitivas intramurales sin lograr reducir la tasa de crimen de los delitos que contemplaban, contribuyendo en gran medida a la crisis del sistema penitenciario y carcelario. Igualmente, tanto la falta de interés como los motivos que lleva a la ciudadanía a interesarse en este sistema en distintos contextos aportan a esta crisis. Lo anterior, hace necesario un cambio de actitud, por parte de la ciudadanía, frente dicha crisis considerando el rol que esta podría tener junto con la magnitud de la situación actual del sistema penitenciario y carcelario.
Después de mi primera semana de cuarentena en Bucaramanga, por fin dejé de considerar que me encontraba realmente sin la posibilidad de regresar a mi rutina de universitario bogotano. Sentía una quietud inmensa desde un escritorio ajeno mientras veía por la ventana la inercia del paisaje que debía haber dejado desde hacía dos semanas: esperaba leer información de otro tema aparte del Covid-19 en sí y, contrario a mi pesimismo, terminé encontrándome con una noticia que me llamó la atención: un estado de emergencia carcelaria decretado por el gobierno tras los motines del sábado 21 de marzo del cual habían resultado reportados 23 presos fallecidos y 83 heridos en distintas cárceles a lo largo del país, fotos de los rostros angustiados de los familiares ante la incertidumbre afuera de las cárceles, videos de enfrentamientos entre una horda furiosa de presos contra agentes del Inpec, entre otros.
Pero por encima de este evento de naturaleza difusa (dadas las distintas versiones sobre las causas de lo sucedido), en el marco de la coyuntura del Covid-19 se hizo visible, tanto para mí y muy probablemente para muchas otras personas, la fragilidad del sistema penitenciario y carcelario además de la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra esta población teniendo en cuenta las altas tasas de hacinamiento.
Por el carácter tan esporádico del interés sobre un tema tan convulso, caí en cuenta de que la crisis que desde décadas enfrenta el sistema carcelario y penitenciario colombiano no es, ni ha sido nunca, una preocupación que nos invada con frecuencia.
Este carácter selectivo, al igual que muchas problemáticas, es el reflejo de picos de interés producto, en algunos casos, de la sobrexposición de este tipo de eventos desde los medios de comunicación, la atención momentánea de gran parte del país por algún hecho fuera de las constantes de la crisis (violación de derechos humanos, altas tasas de hacinamiento, la usual corrupción dentro de las cárceles, la inefectividad de la vigilancia electrónica y la ubicación domiciliaria, el déficit de guardias, las pocas oportunidades de resocialización, etc.) o, en tiempo de elecciones, el populismo punitivo que logra llamar efectivamente la atención de los electores prometiendo mayor castigo por ciertos crímenes en el caso de ser elegidos.
En este sentido, me pareció inconcebible la poca importancia que le prestamos como ciudadanos a la crisis del sistema penitenciario y carcelario en Colombia teniendo en cuenta que no se trata de un evento coyuntural en el que haya una o dos personas implicadas, sino de 187.477 a cargo del Inpec de las cuales, 118.769 se encuentran bajo castigo intramural en una infraestructura deficiente, sin una cobertura de servicios de salud, con altísimas tasas de hacinamiento, sin muchas oportunidades de socializar.
La promulgación de leyes que contemplan más el castigo intramural y la crisis del sistema penitenciario y carcelario colombiano.
A pesar de la casi constante indiferencia por parte de la ciudadanía frente a la crisis, es aún más sorprendente que uno de los motivos que nos puede llevar a los colombianos a interesarnos momentáneamente en el sistema carcelario y penitenciario es una de las causas de la misma crisis: el impulsivo deseo de aumentar las medidas punitivas a los crímenes que merecieran un mayor castigo, según nuestro criterios, sin tener en cuenta la inefectividad de ese mecanismo para reducir el crimen en Colombia. Paralela a las esporádicas pretensiones de la población frente a las medidas punitivas, desde el inicio del siglo XXI se promulgaron muchas reformas legislativas que aumentaban el tiempo de penas del castigo intramural.
Uno de los libros que expone este fenómeno, El derecho penal de la cárcel Una mirada al contexto colombiano con base en el giro punitivo y la tendencia al mayor encarcelamiento de Norberto Hernández Jiménez, permite comprender que los impactos de dichas reformas legislativas van mucho más más allá del aumento del tiempo de penas en sí. Lo anterior, se debe, en parte, a que no logran reducir la tasa de los crímenes que contemplaban, salvo algunas excepciones mínimas. Pero, a diferencia del deseo de muchos colombianos por castigar aquellos crímenes específicos que “merecían mayores penas”, estas reformas punitivas aumentaron el tiempo de pena de todos los delitos en sí.
Al entender la inefectividad del aumento del tiempo de penas de las leyes 890 y 906 del 2004 (además de las leyes 1121 de 2006, 1141 de 2007, 1220 de 2008 y 1200 de 2008, expuestas en el libro de Hernández), se puede comprender el impacto que muchos no dimensionamos. En la primera ley, Hernández destacaba el hecho de que en el artículo 14 de la misma se “dispuso que todas las penas contempladas en el Código Penal (CP) se aumentarán en la tercera parte, respecto del mínimo y la mitad, respecto al máximo” (Hernández, 2018, pág. 255). De igual forma, en la segunda ley, Hernández resaltaba el hecho de que en ella se estipula el “aumento a la pena máxima de prisión, de 40 a 50 y 60 años (…)” (Hernández, 2018, pág. 259).
Consiguientemente, solo en estas dos leyes que abarcan un inmenso espectro de delitos, la inefectividad para reducir la tasa de los crímenes que contemplaban, contribuyó significativamente, de acuerdo con Hernández, en el aumento de la población a cargo del Inpec, ya que incrementaron el tiempo de las penas sin lograr reducir efectivamente el ingreso de personas a la cárcel por los mismos delitos. Tampoco, dichas reformas legislativas lograron aplicar la justificación, por parte del legislativo, del aumento de las penas: la justicia premial, importada del sistema de enjuiciamiento anglosajón, a aquellos que aceptaran la responsabilidad penal de los delitos que habían cometido para reducir el tiempo de sus condenas.
Mientras sacaba mis conclusiones sobre la promulgación de leyes más punitivas en materia del tiempo de la pena, me fue inevitable pensar en otro tema de la crisis del sistema penitenciario y carcelario: el hacinamiento y su estrecha relación con la inefectividad de dicho tipo de leyes. Así como se expuso anteriormente, tanto por la inefectividad de las leyes que intentaban controlar el delito a través de medidas punitivas como por otros motivos, la población carcelaria pasó de 29.114 reclusos a 118.769, según el Inpec, desde la creación del nuevo Código Penitenciario en el año 1993 hasta el 2019. Asimismo, el número de presos por cien mil habitantes creció de 128 reclusos en el año 2000 a 239 en el 2018 según World Prisión Brief.
Contraria a la lógica bajo la cual si aumenta el número de presos también lo hace el número de centros de reclusión, en Colombia el escenario es el siguiente: la tendencia del aumento exponencial de la población carcelaria no fue de la mano con el aumento de los establecimientos de reclusión, lo que llevó, dada la falta de cupos, a una tasa de hacinamiento del 53% en promedio para el 2019 según el Inpec. Pero, al ver imágenes de las celdas, los corredores, los patios, y muchos otros lugares dentro de distintas cárceles del país, se hace evidente que la tasa de hacinamiento iba más allá de ser una simple palabra o cifra dentro de una frase. Se trataba de la forma en que vivían y vivirán, hasta por décadas, aproximadamente 120.000 reclusos siempre y cuando esta población no cambie drásticamente.
Caber resaltar que, una tasa de hacinamiento tan alta es un factor sustancial en la crisis del sistema penitenciario y carcelario en Colombia. Lo anterior, ya que, a causa de la numerosa población y recursos limitados para la misma, la tarea por parte del Estado de satisfacer las necesidades del sistema carcelario y penitenciario son de difícil, o incluso imposible, cumplimiento. En este sentido, no es coincidencia que el 88% de la infraestructura carcelaria fuese inadecuada para el año 2016, según el Departamento Nacional de Planeación, a pesar de la inversión económica por parte del Estado del año 2004 al 2010. De la misma manera, otras problemáticas (como el déficit de guardias del Inpec, la contratación de servicios de salud requeridos, las oportunidades de resocialización de los presos y demás) no se han solucionado a pesar de las acciones por parte del Estado dada la magnitud de los problemas del sistema penitenciario y carcelario.
La actitud necesaria de la ciudadanía
Toda mi lectura sobre esta crisis me hizo recordar una frase de un libro de Kafka: “El hombre miró al condenado y preguntó al oficial: “¿Conoce el preso su sentencia?”. “No”, contestó el oficial. “Ya la sabrá en carne propia””. Pero influenciado por la actitud que toma la mayoría de la sociedad frente a la crisis, re-escribiría parte de la frase de la siguiente manera: “¿Conoce la sociedad su sentencia?”. “No”, contestó el oficial. “Ya lo sabrán en carne propia”.
La falta de importancia que se le da a la crisis del sistema penitenciario y carcelario, además de ser inaceptable, lleva a que esta sea cada vez más incontrolable. Por encima de los sucesos mediáticos, así como el escape de Aida Merlano, hay que pensar en los costos sociales, que viviremos en carne propia. Entre estos, los efectos de un sistema penitenciario y carcelario en el que la reincidencia registrada para el 2018 fuese del 20,5% según el Plan Nacional de Desarrollo y en el que las oportunidades de resocialización son mínimas en la mayoría de los casos.
Pero, más allá de los deberes del Estado colombiano frente a la crisis (propiciar una justicia penal efectiva, asegurar los derechos fundamentales y la resocialización de la población carcelaria, atacar los problemas sociales que llevan a una persona a cometer un crimen, etc.), como ciudadanía debemos involucrarnos. Así que, en lugar de centrar nuestra atención en la búsqueda impulsiva de castigar aún más a los presos (abriéndole las puertas al caballo de troya del populismo punitivo sin medir sus impactos), o adoptar una indiferencia casi absoluta sobre el tema, como ciudadanos deberíamos contribuir en lo posible a la mitigación de la crisis del sistema penitenciario y carcelario. De acuerdo con lo anterior, informarse a fondo sobre esta crisis, además de visibilizar su situación para no contribuir a ella, puede ser un mecanismo para evitar tomar decisiones negativas tanto en contextos electorales como en la cotidianidad.
Entre las formas de mitigar indirectamente esta crisis desde la ciudadanía colombiana, está la opción de educarnos a sancionar y eliminar cualquier intento de sobrepasar las normas (bajo el supuesto de que no habrá consecuencias). Lo anterior, dado que uno de los motivos que impulsa a los victimarios en su decisión de delinquir, así como lo demuestra el estudio Percepción de Impunidad: Precipitante del Crimen en Bogotá, es precisamente la percepción de impunidad.
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